I.- Garantizar el fomento, promoción y preservación de la salud mental en la población del estado;
II.- Promover y garantizar el respeto y la protección efectiva de los derechos humanos de las personas con trastornos mentales en el estado de Yucatán;
III.- Regular las bases y modalidades, que garanticen el acceso a los servicios de salud mental en el Estado de Yucatán, con un enfoque integral, de calidad en la atención, amplia cobertura y respeto a los derechos humanos.
IV.- Establecer los mecanismos adecuados para la promoción de la salud mental, así como la prevención, diagnóstico temprano, tratamiento oportuno y rehabilitación de los pacientes con trastornos mentales en instituciones de los sectores público, privado y social, que brinden servicios de salud mental o coadyuven en la prestación de estos en el estado de Yucatán;
V.- Definir los mecanismos y lineamientos para promover la participación de la ciudadana, en el desarrollo de los programas de salud mental en el Estado de Yucatán;
VI.- Promover la erradicación de los prejuicios y estigmas contra las personas que padecen trastornos mentales;
VII.- Ampliar la cobertura de los servicios de salud mental en el Estado de Yucatán;
VIII.- Los demás que señalen otras leyes y disposiciones aplicables.