El decreto 239 que crea el Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, el cual, en términos de sus artículos 1 y 2, regula a este instituto como un organismo público descentralizado de la Administración Pública estatal con personalidad jurídica y patrimonio propios, cuyo objeto es llevar a cabo acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación, contratación, ejecución, modernización, conservación, mantenimiento, mejoramiento y señalización de la infraestructura carretera del estado, así como la modernización de las vías terrestres de jurisdicción estatal.