Mérida, Yucatán, 02 de mayo de 2024
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Registro de regulaciones
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-036-SSA2-2002, PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES. APLICACIÓN DE VACUNAS, TOXOIDES, SUEROS, ANTITOXINAS E INMUNOGLOBULINAS EN EL HUMANO

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Establecer los requisitos para la aplicación, manejo, conservación de los biológicos y prestación de servicios de vacunación, así como para el desarrollo de las actividades en materia de control, eliminación y erradicación de las enfermedades que se evitan mediante la vacunación.
Norma Oficial
Federal
17/Jul/2003
N/A
N/A
Secretaría de Salud - Servicios de Salud de Yucatán
Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas en sus respectivos ámbitos de competencias
Salud
Público y privado
Todas las instituciones que prestan servicios de atención médica de los sectores público, social y privado del Sistema Nacional de Salud y aquellas otras organizaciones que aplican biológicos y participan en la promoción, difusión e información sobre vacunas al público en general.

Trámites y servicios relacionados con la regulación

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    • 8.2.4 Grupos de edad y de riesgo: se debe aplicar a personas de cualquier edad mordidas por serpientes de los géneros Crotalus (cascabel) y Bothrops (nauyaca, víbora sorda, cuatro narices, palanca, barba amarilla, víbora lora, cantil de tierra, rabo de hueso). Por inmunidad cruzada, neutraliza el veneno de serpientes del género Agkistrodon (cantil, cantil de agua, solocuate, mocasín acuático y de tierra); 8.2.5 Esquema: tratamiento inmediato (hasta una hora después de la mordedura); inyectar 10 ml de suero por infiltración, alrededor de la mordedura y 10 ml por vía intramuscular. En casos graves o si no cede la sintomatología, inyectar 20 ml por vía intravenosa. Tratamiento tardío (después de una hora o más de la mordedura); inyectar de 20 a 40 ml por vía intramuscular, en casos muy graves usar la vía intravenosa;
    Conceptos regulados
    • Requisitos
    • Vigencia del resolutivo
No aplica para esta regulación
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