Mérida, Yucatán, 29 de abril de 2024
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Registro de regulaciones
LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS

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Determinar los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas». Posesión de armas en el domicilio. Condiciones, casos, requisitos y lugares para la portación de armas.
Ley
Federal
11/Ene/1972
N/A
19/Feb/2021
Poder Ejecutivo
La Secretaría de Gobernación, la Secretaría de la Defensa Nacional, autoridades federales en los casos de su competencia.
Gobiernos de los Estados, y los Ayuntamientos,
Seguridad y protección civil
Público y privado
Personas Físicas y Morales

Trámites y servicios relacionados con la regulación

No aplica para esta regulación

Otras regulaciones vinculadas o derivadas de esta regulación

No aplica para esta regulación