Mérida, Yucatán, 02 de mayo de 2024
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Registro de regulaciones
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-017-SSA2-2012. PARA LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA.

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Esta Norma Oficial Mexicana establece los criterios, especificaciones y directrices de operación del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, para la recolección sistemática, continua, oportuna y confiable de información relevante y necesaria sobre las condiciones de salud de la población y sus determinantes.
Norma Oficial
Estatal
19/Feb/2013
N/A
N/A
Poder Ejecutivo
Servicios de Salud de Yucatán
Salud
Público y privado
Entes Públicos y ciudadanos

Trámites y servicios relacionados con la regulación

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    • 8.1.4 La notificación inmediata de los padecimientos, condiciones, eventos o urgencia epidemiológicas emergentes o reemergentes se realiza por las unidades de vigilancia epidemiológica o sus equivalentes en cada uno de los niveles técnico-administrativos hasta la DGE antes de que transcurran 24 horas de su conocimiento por el procedimiento de notificación establecido vía telefónica, fax o medio electrónico.
    Conceptos regulados
    • Trámite o servicio en general
    • Vigencia del resolutivo
    • Criterios de resolución
No aplica para esta regulación
No aplica para esta regulación