Dependencia o entidad
Objetivo
Los productores de ganado bovino y ovino incrementan su ingreso mediante la entrega de apoyos económicos para el mejoramiento genético y repoblamiento del hato ganadero.
Descripción
El mejoramiento genético ganadero, consiste en entregar apoyos económicos a productores pecuarios para la adquisición de sementales, material genético o servicios de transferencia de embriones que les permitan incrementar su capacidad productiva, mediante la incorporación de genética de alta calidad en el hato bovino, ovino o caprino.
El repoblamiento del hato ganadero consiste en la entrega de apoyos económicos a productores pecuarios para la adquisición y rescate de vientres de ganado bovino, ovino o caprino.
Bienes y/o servicios que entrega el programa
Los apoyos económicos para el mejoramiento genético ganadero estarán destinados hacia los siguientes conceptos:
- La adquisición de semental bovino con registro genealógico, el cual deberá contar con un peso mínimo de 400 kg y una edad mínima de dieciocho meses y no mayor de treinta y ocho meses. El apoyo económico en este concepto será de hasta $25,000 pesos por semental y no podrá superar, por productor, la adquisición de tres sementales al año.
Para acceder a este apoyo, los productores deberán contar, para la adquisición de un semental, con un mínimo de diez vientres bovinos; para la adquisición de dos sementales, con un mínimo de treinta vientres bovinos; y, para la adquisición de tres sementales, con un mínimo de sesenta vientres bovinos. - La adquisición de semental ovino o caprino con registro genealógico, el cual deberá contar con un peso mínimo de 50 kg y una edad mínima de siete meses y no mayor de veinticuatro meses. El apoyo económico en este concepto será de hasta $8,000 pesos por semental y no podrá superar, por productor, la adquisición de tres sementales al año.
Para acceder a este apoyo, los productores deberán contar, para la adquisición de un semental, con un mínimo de diez vientres de la especie de que se trate; para la adquisición de dos sementales, con un mínimo de cuarenta vientres de la especie de que se trate; y, para la adquisición de tres sementales, con un mínimo de sesenta vientres de la especie de que se trate. - La adquisición de dosis de semen nacional o importado. El apoyo económico en este concepto será de hasta $250 pesos por dosis de semen y no podrá superar, por productor, la adquisición de cien dosis al año.
Para acceder a este apoyo, los productores deberán contar con un vientre registrado en el Padrón Ganadero Nacional por cada dos dosis que pretendan adquirir. - La adquisición de dosis de semen sexado, nacional o importado. El apoyo económico en este concepto será de hasta $350 pesos por dosis de semen y no podrá superar, por productor, la adquisición de cien dosis al año.
Para acceder a este apoyo, los productores deberán contar con un vientre registrado en el Padrón Ganadero Nacional por cada dos dosis que pretendan adquirir. - La contratación de servicios para la transferencia de embriones, de manera convencional o por fertilización in vitro. El apoyo económico en este concepto será de hasta $6,000 pesos por embrión bovino y $4,000 pesos por embrión ovino y no podrá superar, por productor, la adquisición de diez embriones.
Para acceder a este apoyo, los productores deberán contar con un vientre registrado en el Padrón Ganadero Nacional por cada transferencia de embrión solicitada.
Los apoyos económicos para el repoblamiento del hato ganadero estarán destinados hacia los siguientes conceptos:
- La adquisición de vientre bovino cárnico o doble propósito sin registro, el cual deberá contar con un peso mínimo de 350 kg, de una edad máxima de 3 años. El apoyo económico en este concepto será de hasta $9,000 pesos por vientre y no podrá superar, por productor, la adquisición de diez vientres al año.
- La adquisición de vientre ovino o caprino, el cual deberá contar con un peso mínimo de 30 kg y con dientes temporales. El apoyo económico en este concepto será de hasta $3,000 pesos por vientre y no podrá superar, por productor, la adquisición de veinte vientres al año.
- El rescate de hembras bovinas. El apoyo económico en este concepto será hasta de $5,000 pesos por vientre y no podrá superar, por productor, el rescate de 10 vientres por año. Para acceder a este apoyo, los productores deberán mantener al menos durante 5 años a los animales en su unidad de producción, realizar el chapeo, limpieza de al menos 5 hectáreas de pastizales y deberán acreditar en su UPP la existencia de los animales.
Cobertura
El programa abarcará 80 municipios del estado de Yucatán: Acanceh, Akil, Baca, Buctzotz, Cacalchén, Calotmul, Cansahcab, Celestún, Cenotillo, Chacsinkín, Chankom, Chapab, Chemax, Chichimilá, Chicxulub, Chocholá, Conkal, Cuzamá, Dzán, Dzemul, Dzidzantún, Dzilam de Bravo, Dzilam González, Dzitás, Dzoncauich, Espita, Halachó, Hocabá, Hunucmá, Ixil, Izamal, Kanasín, Kantunil, Kinchil, Mama, Maní, Maxcanú, Motul, Muna, Oxkutzcab, Panabá, Peto, Progreso, Quintana Roo, Río Lagartos, Sacalum, Samahil, San Felipe, Santa Elena, Seyé, Sinanché, Sotuta, Sucilá, Sudzal, Suma, Teabo, Tecoh, Tekal de Venegas, Tekantó, Tekax, Tekit, Tekom, Telchac Pueblo, Telchac Puerto, Temax, Temozón, Tepakán, Tetiz, Teya, Ticul, Timucuy, Tinum, Tixkokob, Tixpéhual, Tizimín, Tunkás, Tzucacab, Umán, Valladolid y Yaxcabá.
Beneficiarios (población objetivo)
Productores de ganado bovino, ovino y caprino.
Requisitos para acceder al programa
Las personas que deseen ser beneficiarias del programa apoyos económicos para el mejoramiento genético deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser criador o productor de ganado bovino, ovino o caprino.
- Ser yucateco o, en su caso, tener residencia o estar avecindado en el estado, por lo menos, un año antes a la fecha de presentación de la solicitud de apoyo.
- Ser propietario de no más de cien vientres bovinos o su equivalente en otras especies aplicables al programa.
- Que la propiedad que registre ante la Secretaría para acceder a los apoyos del programa tenga la capacidad suficiente para albergar o alimentar al total de animales que pretende adquirir, de acuerdo con la constancia actualizada (no mayor a doce meses de expedición a la fecha de presentar la solicitud de apoyo) de la unidad de producción pecuaria y con el registro en el Padrón Ganadero Nacional.
- Que la unidad de producción pecuaria que registre ante la Secretaría para acceder a los apoyos del programa no se encuentre bajo un proceso de cuarentena debido a una causa sanitaria.
- Adquirir los conceptos de apoyo del programa con los proveedores autorizados por la Secretaría.
- No haber recibido, durante el último año, los apoyos del programa para el mismo concepto que solicite. La Secretaría podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito cuando el solicitante no hubiera sido sancionado anteriormente por la Secretaría u otra autoridad competente, de conformidad con las disposiciones legales y normativas aplicables; no se hubieran rebasado los montos máximos del programa, por beneficiario, y exista disponibilidad presupuestaria.
Documentación General del apoyo económico para el mejoramiento genético:
Las personas que deseen ser beneficiarias del programa deberán entregar la siguiente documentación.
- Persona física:
- Identificación oficial vigente que contenga nombre, fotografía, clave única de registro de población, domicilio y firma de la persona solicitante. Se considerarán como documentos oficiales de identificación personal: la credencial de elector o el pasaporte.
Clave Única de Registro de Población impreso en caso de que en la identificación oficial no cuente con esta. - Carta de vecindad emitida por la autoridad municipal competente, en caso de que el solicitante no sea un productor yucateco, pero cuente con una unidad de producción pecuaria en el estado.
- Comprobante domiciliario en caso de que en la identificación oficial no se señale datos del domicilio. Se considerarán como comprobantes: el recibo de luz, agua o teléfono fijo con una fecha de emisión no mayor a tres meses al momento de realizar la solicitud de apoyo del programa. En caso de no contar con alguno de estos documentos, se podrá entregar una carta de vecindad emitida por la autoridad municipal o autoridad equivalente.
- Documento con el que se acredite la legal posesión del predio en que se ubique la unidad de producción pecuaria. En caso de presentar un contrato de comodato, este deberá estar certificado por fedatario público.
- Constancia actualizada de la unidad de producción pecuaria y registro en el Padrón Ganadero Nacional (No mayor a doce meses de expedición), emitidos por el Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado.
- Formato de Solicitud Única que será proporcionado por la Secretaría al momento de acudir a la ventanilla del programa.
- Persona moral:
- Acta constitutiva y las modificaciones que, en su caso, esta o los estatutos hayan tenido a la fecha de presentación de la solicitud de apoyo, debidamente protocolizadas ante fedatario público.
- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes de la persona moral.
- Comprobante del domicilio fiscal de la persona moral con fecha de emisión no mayor a tres meses a la fecha de presentación de la solicitud de apoyo.
- Documento con el que se acredite la legal posesión del predio en que se ubique la unidad de producción pecuaria. En caso de presentar un contrato de comodato, este deberá estar certificado por fedatario público.
- Constancia actualizada de la unidad de producción pecuaria y registro en el Padrón Ganadero Nacional (No mayor a doce meses de expedición), emitidos por el Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado.
- Acta de la asamblea de la persona moral en la que conste la designación de su representante legal o poder que le otorgue las facultades suficientes para realizar actos de administración o de dominio, debidamente protocolizado ante fedatario público.
- Identificación oficial vigente del representante legal que contenga nombre, fotografía, clave única de registro de población, domicilio y firma de la persona solicitante. Se considerarán como documentos oficiales de identificación personal: la credencial de elector o el pasaporte.
- Clave Única de Registro de Población del representante legal impreso en caso de que en la identificación oficial no cuente con esta.
- Carta de vecindad emitida por la autoridad municipal competente, en caso de que el solicitante no sea un productor yucateco, pero cuente con una unidad de producción pecuaria en el estado.
- Comprobante domiciliario en caso de que en la identificación oficial no se señale datos del domicilio, la cual debe de coincidir al menos con el nombre o dirección de Identificación que presenta el representante legal. Se considerarán como comprobantes: el recibo de luz, agua o teléfono con una fecha de emisión no mayor a tres meses al momento de realizar la solicitud de apoyo del programa. En caso de no contar con alguno de estos documentos, se podrá entregar una carta de vecindad emitida por la autoridad municipal o autoridad equivalente.
- Formato de Solicitud Única que será proporcionado por la Secretaría al momento de acudir a la ventanilla del programa.
Los documentos deberán entregarse en original y copia, para cotejo. Los documentos originales, con excepción del Formato de Solicitud Única, serán devueltos una vez realizado el cotejo correspondiente.
Documentación específica
Los productores que hubieran recibido dictamen positivo, de conformidad con el procedimiento del Programa, deberán presentar, en su caso, el comprobante fiscal o la factura que ampare la adquisición del semental, material genético o servicio de transferencia de embriones con el proveedor que libremente hubieran elegido de entre los autorizados por la Secretaría. Adicionalmente, entregarán la siguiente documentación:
3.1. Tratándose de apoyos para la adquisición de sementales:
- El registro o certificado de pureza racial o genealógica del animal.
- El certificado de fertilidad que acredite que el semental es apto para la reproducción.
- La tarjeta del Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado del animal.
- La póliza de seguro de traslado y radicación del animal.
- El certificado sanitario del animal, emitido por un médico veterinario zootecnista calificado con cédula profesional.
- La constancia que acredite que el animal proviene de un hato libre de tuberculosis o brucelosis según la especie.
3.2. Tratándose de apoyos económicos para la adquisición de material genético:
- La constancia que acredite que el semen procede de progenitores con registro genealógico y evaluados como sobresalientes. La constancia deberá indicar, además, el lote de su procedencia y la compañía que lo distribuyó.
3.3. Tratándose de apoyos económicos para la adquisición de servicios de transferencia de embriones, de manera convencional o por fertilización in vitro:
- El documento donde conste el protocolo de inicio del proceso de transferencia de embriones, emitido por un médico veterinario zootecnista certificado con cédula profesional.
- El documento que acredite el resultado de la transferencia de embriones.
- El diagnóstico de gestación, el cual deberá ser, desde la transferencia del embrión, de, al menos, sesenta días naturales, en el caso del ganado bovino, y de, al menos, treinta días, y no más de cuarenta y cinco días naturales, en el caso del ganado ovino o caprino.
- El documento que emita la Secretaría en el cual acredite que el proveedor realizó el trabajo de transferencia de embriones, denominado “Formato para la transferencia de embriones”.
Los documentos previstos en este artículo deberán entregarse en original y copia, para cotejo. Los documentos originales serán devueltos una vez realizado el cotejo correspondiente.
Las personas que deseen ser beneficiarias del programa apoyos económicos para el repoblamiento del hato ganadero deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser criador o productor de ganado bovino, ovino o caprino.
- Ser yucateco o, en su caso, tener residencia o estar avecindado en el estado, por lo menos, un año antes a la fecha de presentación de la solicitud de apoyo.
- Ser propietario de no más de cuarenta vientres bovinos o su equivalente en otras especies aplicables al programa.
- Que la propiedad que registre ante la Secretaría para acceder a los apoyos del programa tenga la capacidad suficiente para albergar o alimentar al total de animales que pretende adquirir, de acuerdo con la constancia actualizada (no mayor a doce meses de expedición a la fecha de presentar la solicitud de apoyo) de la unidad de producción pecuaria y con el registro en el Padrón Ganadero Nacional.
- Que la unidad de producción pecuaria que registre ante la Secretaría para acceder a los apoyos del programa no se encuentre bajo un proceso de cuarentena debido a una causa sanitaria.
- No haber recibido, durante el último año, los apoyos del programa para el mismo concepto que solicite. La Secretaría podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito cuando el solicitante no hubiera sido sancionado anteriormente por la Secretaría u otra autoridad competente, de conformidad con las disposiciones legales y normativas aplicables; no se hubieran rebasado los montos máximos del programa, por beneficiario, y exista disponibilidad presupuestaria.
- Adquirir los conceptos de apoyo del programa con los proveedores autorizados por la Secretaría.
Documentación General de apoyos económicos para el repoblamiento del hato ganadero:
Las personas que deseen ser beneficiarias del programa deberán entregar la siguiente documentación:
- Persona física:
- Identificación oficial vigente que contenga nombre, fotografía, clave única de registro de población, domicilio y firma de la persona solicitante. Se considerarán como documentos oficiales de identificación personal: la credencial de elector o el pasaporte.
Clave Única de Registro de Población impreso en caso de que en la identificación oficial no cuente con esta. - Carta de vecindad emitida por la autoridad municipal competente, en caso de que el solicitante no sea un productor yucateco, pero cuente con una unidad de producción pecuaria en el estado.
- Comprobante domiciliario en caso de que en la identificación oficial no se señale datos del domicilio. Se considerarán como comprobantes: el recibo de luz, agua o teléfono fijo con una fecha de emisión no mayor a tres meses al momento de realizar la solicitud de apoyo del programa. En caso de no contar con alguno de estos documentos, se podrá entregar una carta de vecindad emitida por la autoridad municipal o autoridad equivalente.
- Documento con el que se acredite la legal posesión del predio en que se ubique la unidad de producción pecuaria. En caso de presentar un contrato de comodato, este deberá estar certificado por fedatario público.
- Constancia actualizada de la unidad de producción pecuaria y registro en el Padrón Ganadero Nacional (No mayor a 6 meses de expedición a la fecha de iniciar el proceso de solicitud), emitidos por el Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado.
- Formato de Solicitud Única que será proporcionado por la Secretaría al momento de acudir a la ventanilla del programa
- Convenio entre la Secretaría y el Productor. Previa notificación de la Secretaría, se concertará una cita para que el productor acuda al lugar acordado para la firma del convenio del programa.
- Persona moral:
- Acta constitutiva y las modificaciones que, en su caso, esta o los estatutos hayan tenido a la fecha de presentación de la solicitud de apoyo, debidamente protocolizadas ante fedatario público.
- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes de la persona moral.
- Comprobante del domicilio fiscal de la persona moral con fecha de emisión no mayor a tres meses a la fecha de presentación de la solicitud de apoyo.
- Documento con el que se acredite la legal posesión del predio en que se ubique la unidad de producción pecuaria. En caso de presentar un contrato de comodato, este deberá estar certificado por fedatario público.
- Constancia actualizada de la unidad de producción pecuaria y registro en el Padrón Ganadero Nacional (No mayor a 6 meses de expedición), emitidos por el Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado.
- Acta de la asamblea de la persona moral en la que conste la designación de su representante legal o poder que le otorgue las facultades suficientes para realizar actos de administración o de dominio, debidamente protocolizado ante fedatario público.
- Identificación oficial vigente del representante legal que contenga nombre, fotografía, clave única de registro de población, domicilio y firma de la persona solicitante. Se considerarán como documentos oficiales de identificación personal: la credencial de elector o el pasaporte.
- Clave Única de Registro de Población del representante legal impreso en caso de que en la identificación oficial no cuente con esta.
- Carta de vecindad emitida por la autoridad municipal competente, en caso de que el solicitante no sea un productor yucateco, pero cuente con una unidad de producción pecuaria en el estado.
- Comprobante domiciliario en caso de que en la identificación oficial no se señale datos del domicilio. Se considerarán como comprobantes: el recibo de luz, agua o teléfono con una fecha de emisión no mayor a tres meses al momento de realizar la solicitud de apoyo del programa. En caso de no contar con alguno de estos documentos, se podrá entregar una carta de vecindad emitida por la autoridad municipal o autoridad equivalente.
- Formato de Solicitud Única que será proporcionado por la Secretaría al momento de acudir a la ventanilla del programa
- Convenio entre la Secretaría y el Productor. Previa notificación de la Secretaría, se concertará una cita para que el productor acuda al lugar acordado para la firma del convenio del programa.
Los documentos previstos deberán entregarse en original y copia, para cotejo. Los documentos originales, con excepción del Formato de Solicitud Única, serán devueltos una vez realizado el cotejo correspondiente.
Documentación específica
Los productores que hubieran recibido dictamen positivo, deberán presentar, en su caso, el comprobante fiscal o la factura que ampare la adquisición de los vientres con el proveedor que libremente hubieran elegido de entre los autorizados por la Secretaría. Adicionalmente, entregarán la siguiente documentación:
- La póliza de seguro de traslado y radicación del animal.
- El certificado sanitario del animal, emitido por un médico veterinario zootecnista certificado con cédula profesional.
- La tarjeta del Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado del animal.
- La prueba negativa que acredite que el vientre se encuentra libre de tuberculosis (para bovinos y caprinos) y brucelosis (para ovinos).
Los documentos descritos anteriormente deberán entregarse en original y copia, para cotejo. Los documentos originales serán devueltos una vez realizado el cotejo correspondiente.
Por lo que los productores que deseen recibir los apoyos económicos para el rescate de vientres bovinos, deberán cumplir únicamente con los documentos generales.
Procedimiento para acceder a los bienes y/o servicios del programa
La entrega del apoyo económico para el mejoramiento genético se sujetará al siguiente procedimiento:
- La Secretaría, por conducto de la Dirección de Ganadería, emitirá la convocatoria del programa.
- Los interesados en acceder a los apoyos del programa deberán acudir a la ventanilla de la Secretaría en las fechas y los horarios determinados en la convocatoria, y entregar la solicitud de apoyo completada y la documentación correspondiente.
- La Secretaría, por conducto de la Dirección de Ganadería, verificará el cumplimiento de los requisitos y de la documentación entregada por los interesados.
Para ello, tendrá un plazo de cinco días hábiles, contado a partir de la fecha en que concluya el plazo para la recepción de solicitudes y documentación. - La Secretaría, por conducto de la Dirección de Ganadería, integrará un expediente por cada uno de los interesados que hayan cumplido con los requisitos y la documentación correspondientes, el cual contendrá la documentación entregada. Con base en estos expedientes y, en su caso, en los criterios de selección, la Dirección de Ganadería, previo dictamen, seleccionará a los beneficiarios del programa y autorizará los apoyos que se les habrán de entregar.
- La Secretaría, por conducto de la Dirección de Ganadería, notificará, por escrito, a los interesados sobre el resultado de su solicitud de apoyo y publicará, en su sitio web, el padrón de beneficiarios del programa. Para ello, tendrá un plazo de tres días hábiles, contado a partir de la fecha en que concluya el plazo para la elaboración de los dictámenes.
- Los interesados a quienes se les notifique dictamen positivo deberán acudir a la Secretaría en un plazo de cinco días hábiles, contado a partir de la fecha de la notificación de su resultado, para presentar la documentación que corresponda al concepto de apoyo a adquirir, según se trate.
- En su caso, la Secretaría verifica la adquisición de los conceptos de apoyo aprobados de acuerdo a los datos proporcionados en la solicitud.
- La Secretaría, por conducto de la Dirección de Ganadería, integrará la documentación recibida al expediente del interesado y entregará el apoyo autorizado mediante cheques nominativos a su favor o, en su caso, previo aviso, a favor de los proveedores con los que el beneficiario hubiera realizado la adquisición. La Secretaría tendrá un plazo de hasta 90 días naturales para la entrega de los apoyos.
La entrega de los apoyos económicos para el repoblamiento del hato ganadero se ajustará al siguiente procedimiento:
- La Secretaría, por conducto de la Dirección de Ganadería, emitirá la convocatoria del programa.
- Los interesados en acceder a los apoyos del programa deberán acudir a la ventanilla de la Secretaría en las fechas y los horarios determinados en la convocatoria, y entregar la solicitud de apoyo completada y la documentación correspondiente.
- La Secretaría, por conducto de la Dirección de Ganadería, verificará el cumplimiento de los requisitos y de la documentación entregada por los interesados.
Para ello, tendrá un plazo de cinco días hábiles, contado a partir de la fecha en que concluya el plazo para la recepción de solicitudes y documentación. - La Secretaría, por conducto de la Dirección de Ganadería, integrará un expediente por cada uno de los interesados que hayan cumplido con los requisitos y la documentación correspondientes, el cual contendrá la documentación entregada. Con base en estos expedientes y, en su caso, en los criterios de selección previstos en el Programa, la Dirección de Ganadería, previo dictamen, seleccionará a los beneficiarios del programa y autorizará los apoyos que se les habrán de entregar.
- La Secretaría, por conducto de la Dirección de Ganadería, notificará, por escrito, a los interesados sobre el resultado de su solicitud de apoyo y publicará, en su sitio web, el padrón de beneficiarios del programa. Para ello, tendrá un plazo de tres días hábiles, contado a partir de la fecha en que concluya el plazo para la elaboración de los dictámenes.
- Los interesados a quienes se les notifique dictamen positivo deberán acudir a la Secretaría en un plazo de cinco días hábiles, contado a partir de la fecha de la notificación de su resultado, para presentar la documentación que corresponda al concepto de apoyo a adquirir y la firma del Convenio.
- En su caso, la Secretaría verifica la adquisición de los conceptos de apoyo aprobados de acuerdo a los datos proporcionados en la solicitud.
- La Secretaría, por conducto de la Dirección de Ganadería, integrará la documentación recibida al expediente del interesado y entregará el apoyo autorizado mediante cheques nominativos a su favor o, en su caso, previo aviso, a favor de los proveedores con los que el beneficiario hubiera realizado la adquisición.
Directriz
Economía con Prosperidad Compartida y Rescate del Campo
Programa presupuestario
601 Fomento del Renacimiento Maya Rural de Yucatán
Datos de contacto
Víctor Manuel Chi May
Coordinador
Ganadería
Secretaría de Desarrollo Rural
Correo electrónico: victor.chi@yucatan.gob.mx
Teléfono: 9999 30 38 30 Ext.600
Página Web: http://www.desarrollorural.yucatan.gob.mx/
Dirección: Calle 21 Núm. 444 Ciudad Industrial, frente al parque temático Conmemorativo Ejército Mexicano, Mérida, Yucatán.
Horario de atención: de 8:00 a.m. a 3 p.m. de lunes a viernes
Responsable del programa
Luis Alberto Cepeda Cruz
Director de Ganadería