Mérida, Yucatán, 21 de abril de 2026
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Desarrollo de la Acuacultura
Dependencia o entidad
Objetivo
Los representantes de las unidades de producción acuícola, Incrementan la producción, mediante la entrega de apoyos económicos para la investigación y desarrollo en el sector acuícola, a instituciones académicas, productores del sector acuícola, o pesquero que quieran reconvertir su actividad productiva, o que quieran iniciar su actividad en el sector, que sean personas físicas o morales.
Descripción

El programa consiste en la entrega de apoyos económicos, en efectivo mediante cheque o transferencia bancaria, a personas físicas o morales que se dediquen al sector acuícola o al desarrollo de investigaciones del sector acuícola, incluidas las instituciones académicas, o aquellas que se dediquen al sector pesquero y quieran reconvertir su actividad productiva para dedicarse a la acuacultura, o las que no se dediquen a la acuacultura y quieran iniciar su actividad en el sector, con el fin de realizar investigaciones y desarrollo de la acuacultura, de una manera ambientalmente sostenible contribuyendo a que las unidades económicas acuícolas activas en Yucatán produzcan con métodos estandarizados.

Bienes y/o servicios que entrega el programa

Apoyos económicos para la innovación acuícola

Cobertura

Los 106 municipios del estado de Yucatán, principalmente los municipios costeros.

Beneficiarios (población objetivo)

Personas físicas o morales que se dediquen al sector acuícola; o aquellos que se dediquen al sector pesquero y quieran reconvertir su actividad productiva para dedicarse a la acuacultura, o aquellos que no se dediquen a la acuacultura y quieran iniciar su actividad en el sector. Personas físicas o morales que se dediquen al desarrollo de investigaciones del sector acuícola.

Requisitos para acceder al programa

Las personas físicas o morales que deseen ser beneficiarias del programa deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Persona física:
    1. Ser mayor de edad y habitante del estado de Yucatán.
    2. Dedicarse a actividades del sector acuícola o al desarrollo de investigaciones del sector acuícola, o en su caso, dedicarse a actividades del sector pesquero y quieran reconvertir su actividad productiva para dedicarse a la acuacultura, o en su caso, que no se dediquen a la acuacultura y quieran iniciar su actividad en el sector.
  2. Persona moral:
    1. Estar legalmente constituida.
    2. Dedicarse a actividades del sector acuícola o al desarrollo de investigaciones del sector acuícola, o en su caso, dedicarse a actividades del sector pesquero y quieran reconvertir su actividad productiva para dedicarse a la acuacultura, o en su caso, que no se dediquen a la acuacultura y quieran iniciar su actividad en el sector.
    3. Realizar su actividad económica en el estado de Yucatán.


Procedimiento para acceder a los bienes y/o servicios del programa

La entrega de los apoyos, se ajustará al siguiente procedimiento:

  1. La persona interesada en acceder a los apoyos de este programa, acudirá a la secretaría o a la ventanilla de atención que se determine por la instancia ejecutora, solicitará y llenará el formato de solicitud contenido en el anexo 1 de estas reglas de operación, lo firmará y lo entregará junto con la documentación establecida en el artículo 10 de estas reglas de operación.
  2. El personal de la ventanilla recibirá y revisará la documentación, e integrará un expediente, asignándole un número de folio que hará del conocimiento del solicitante. En caso de no cumplir con alguno de los requisitos, el personal de la ventanilla se lo informará al instante al solicitante para que subsane dentro de un plazo de cinco días hábiles, siempre y cuando se encuentre disponible la ventanilla de atención.
  3. El personal de la ventanilla, dentro de los diez días hábiles siguientes, a la recepción de la documentación completa, remitirá el expediente foliado, a la persona que ocupe la secretaría técnica del comité técnico.
  4. El comité técnico sesionará en términos del artículo 23 de estas reglas de operación, analizará los expedientes y seleccionará las solicitudes a las que se les otorgarán los apoyos, haciéndolo del conocimiento a la secretaría.
  5. La secretaría, dentro de los quince días hábiles posteriores a la sesión del comité técnico, notificará a las personas solicitantes seleccionadas ya sea por escrito, por vía telefónica, correo electrónico, conforme al medio que la persona solicitante haya especificado o mediante la publicación que realice la secretaría en el sitio web http://pesca.yucatan.gob.mx/.
  6. La secretaría, dentro de los quince días hábiles posteriores a la notificación de los solicitantes que fueron seleccionados, realizará la transferencia bancaria, o entrega del cheque del apoyo económico autorizado. VII. La persona física o el representante legal de la persona moral beneficiada, recibirá el apoyo económico autorizado y firmará el recibo de entrega del apoyo económico, contenido en el anexo 2 de estas reglas de operación, al día hábil siguiente a la transferencia bancaria, o al momento de la entrega del cheque del apoyo económico.
Plan Estatal de Desarrollo 2024-2030
Directriz: Economía con Prosperidad Compartida y Rescate del Campo.
Vertiente: Pesca y acuacultura próspera y sostenible
Objetivo Estratégico: Aumentar la comercialización de las principales capturas en el estado.
Programa presupuestario
686 Consolidar el Renacer del Sector Acuícola
Datos de contacto y responsable del programa

Juan José Basto Cabrera

Director de Acuacultura

Acuacultura

Secretaría de Pesca y Acuacultura Sustentables de Yucatán

Correo electrónico: juanj.basto@yucatan.gob.mx

Teléfono: (999) 611 80 27 Ext. 60504

Dirección: Calle 20. S/N por 31-A. Col. Miguel Alemán. C.P. 97146. Mérida, Yucatán

Página web: pesca.yucatan.gob.mx

Horario de atención: de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., de lunes a viernes