La regulación, control y fomento sanitario del proceso, importación y exportación, así como de las actividades, servicios y establecimientos, relacionados con los productos siguientes:
I. Leche, sus productos y derivados;
II. Huevo y sus productos;
III. Carne y sus productos;
IV. Los de la pesca y derivados;
V. Frutas, hortalizas y sus derivados;
VI. Bebidas no alcohólicas, productos para prepararlas y congelados de
las mismas;
VII. Cereales, leguminosas, sus productos y botanas;
VIII. Aceites y grasas comestibles;
IX. Cacao, café, té y sus derivados;
X. Alimentos preparados;
XI. Alimentos preparados listos para su consumo;
XII. Alimentos para lactantes y niños de corta edad;
XIII. Condimentos y aderezos;
XIV. Edulcorantes, sus derivados y productos de confitería;
XV. Alimentos y bebidas no alcohólicas con modificaciones en su
composición;
XVI. Los biotecnológicos;
XVII. Suplementos alimenticios;
XVIII. Bebidas alcohólicas;
XIX. Tabaco;
XX. Los de perfumería, belleza, aseo y repelentes de insectos;
XXI. Aditivos, y
XXII. Los demás que, por su naturaleza y características, sean considerados como alimentos, bebidas, productos de perfumería, belleza o aseo o tabaco, así como las sustancias asociadas con su proceso.