La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto regular: I.- Las acciones relativas a la planeación, programación, presupuestación y control que, en materia de adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios relacionados con los mismos, realicen la dirección y entidades de la administración pública estatal. II.- Los actos y contratos que celebren y lleven a cabo la dirección y entidades relacionadas con las materias a que se refiere la fracción anterior.