Mérida, Yucatán, 29 de marzo de 2024
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Registro de regulaciones
LEY PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA COMUNIDAD MAYA DEL ESTADO DE YUCATÁN

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I.- Reconocer la aplicación de las propias formas de solución de conflictos internos que realice la Comunidad Maya, siempre que no contravengan lo establecido en las leyes federales y estatales.
II.- Establecer las bases para garantizar a los indígenas mayas del Estado sus derechos, así como el acceso a la justicia, en igualdad de condiciones que las personas no indígenas, de acuerdo a las bases establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la particular del Estado.
Ley
Estatal
03/May/2011
N/A
31/Oct/2017
Secretaría General de Gobierno
Instituto para el Desarrollo de la Cultura Maya del Estado de Yucatán
Justicia y ministerio público
Público y privado
Entes públicos y ciudadanos

Trámites y servicios relacionados con la regulación

No contempla inspecciones, verificaciones y visitas domiciliarias.

Otras regulaciones vinculadas o derivadas de esta regulación

Ley para la protección de los Derechos de la Comunidad Maya del Estado de Yucatán
Título primero. Disposiciones generales
Capítulo único. Generalidades
Titulo segundo. Atribuciones de las autoridades estatales y municipales
Capítulo I. De las atribuciones del Poder Ejecutivo
Capítulo II. De las atribuciones de los ayuntamientos
Título tercero. Instituto para el Desarrollo de la Cultura Maya del Estado de Yucatán
Capítulo I. De las atribuciones del instituto
Capítulo II. Del Registro Estatal de Comunidades Mayas del Estado de Yucatán
Titulo cuarto. Desarrollo de las comunidades
Capitulo único. De los programas
Titulo quinto. Justicia maya
Capítulo I. Disposiciones generales
Capítulo II. De los requisitos para ser juez maya
Capítulo III. Del procedimiento
Transitorios