Mérida, Yucatán, 20 de abril de 2024
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Registro de regulaciones
LEY QUE CREA EL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS DEL ESTADO DE YUCATAN

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I.- Impartir educación en el nivel medio superior en la modalidad de Bachillerato
Tecnológico, conjugando convenientemente el conocimiento teórico que asegure
su vertiente propedéutica y el logro de habilidades y destrezas que den
consistencia a su línea tecnológica;
II.- Facilitar el acceso al conocimiento y a la preparación técnica en el nivel
medio superior a los jóvenes, particularmente a los avecindados en comunidades
rurales o semiurbanas.
Ley
Estatal
21/Sep/2009
N/A
N/A
Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Yucatán
Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Yucatán
Educación
Público y privado
Personal adscrito al CECyTEY

Trámites y servicios relacionados con la regulación

  • Artículos relacionados
    • Artículo 3.- Para asegurar el alcance de sus objetivos el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos tendrá las siguientes atribuciones: I.- Impartir educación del nivel medio superior en la modalidad de Bachillerato Tecnológico; II.- Establecer, organizar, administrar y sostener planteles en los lugares del Estado, que estime convenientes, necesarios y posibles;
    Conceptos regulados
    • Trámite o servicio en general
No aplica para esta regulación

Otras regulaciones vinculadas o derivadas de esta regulación

CAPÍTULO I.- NATURALEZA, FINES Y ATRIBUCIONES
CAPÍTULO II.- DE LA ORGANIZACIÓN
CAPÍTULO III.- DEL PATRIMONIO
CAPÍTULO IV.- DEL PATRONATO
CAPÍTULO V.- DEL COMISARIO
CAPÍTULO VI.- DEL RÉGIMEN LABORAL
TRANSITORIOS