Rectificación de Inscripción / Anotación en actos de Sociedades de Naturaleza Mercantil
Rectificación de Inscripción / Anotación de sociedades Mercantiles
Homoclave:
INSEJUPY-2398
Última actualización:
31 de enero de 2024
Trámite para:
Personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite presentar el memorial y/o acta de rectificación de inscripción / anotación, relativo a sociedades de naturaleza mercantil para que se realice la publicidad registral tomando como base el Folio mercantil Electrónico en el Sistema Registral Informático.
Trámite de: Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 20 / 800 10 800 10
registro.publico@insejupy.gob.mx
registro.publico@insejupy.gob.mx
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Boleta Electrónica
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
10 días hábiles contados a partir de la recepción para aceptar, suspender o denegar el trámite según sea el caso.
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
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- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
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- Artículo 2
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
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- Artículos 13 al 16
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
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- Artículos 60, 61, 63 y 64
- Conceptos regulados
- Costo
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- Realizar el pago en línea o presentar documento en el cual se acredita el pago de los derechos del trámite solicitado.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Solicitud
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Forma precodificada
- Descripción
- Forma precodificada debidamente llenada, sellada y firmada por Fedatario Público, Corredor o Autoridad Política o Administrativa. Ingrese el número de acta que se pretende inscribir así como anexar los archivos correspondientes (Acta PDF, apéndices PDF, y Word). Dentro del apéndice PDF es indispensable anexar la forma precodificada del acto a inscribir, con el sello y firma del notario.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Cuál es el costo?
Fijo
Derecho por la rectificación o reposición de inscripciones $196.00Derecho de calificación de cualquier documento $196.00
¿Cuáles son las formas de pago?
- Efectivo
- Tarjeta de crédito
- Tarjeta de débito
- Cheque simple: 012914002009271475
- Cheque certificado: 012914002009271475
- SPEI Referenciado (Transferencia Bancaria): 012914002009271475
¿Dónde puedo pagar?
- Cajas de Cobro de la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la Ventanilla Única Estatal y USE
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY en ubicadas en los municipios del Interior del estado
- Comercios y Establecimientos autorizados por AAFY
- Kiosco Estatal de Pago ubicados en las Ventanillas Únicas Estatales
- Ventanillas Bancarias y Cajeros Receptores autorizados
- Pago en línea
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
En caso de no cumplir con los requisitos de inscripción se emite boleta de rechazo subsanable o insubsanable según corresponda.
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Dar clic en el botón "Iniciar"
- Seleccionar la operación a realizar
- Escanear el documento para adjuntarlo
- Adjuntar la documentación solicitada
- Entregar el comprobante al personal autorizado (acuse, contra-recibo, ticket, etc)
- Consultar y dar seguimiento a la solicitud
- Descargar el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
10 días hábiles
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de que el documento no cumpla con todos los requisitos legales para su inscripción.
El pago de los derechos debe cubrir los costos vigentes al momento del envío de su solicitud.
El pago de los derechos debe cubrir los costos vigentes al momento del envío de su solicitud.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Al trámite o servicio aplica la afirmativa ficta o negativa ficta?
Negativa ficta