Certificación de Pago Vehicular
Certificación de pago vehicular
Homoclave:
AAFY0-2023
Última actualización:
31 de enero de 2024
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite acreditar que los pagos de un vehículo determinado se encuentran en los registros del Sistema del Padrón Vehicular en el Estado de Yucatán
Trámite de: Dirección de Recaudación
Contacto
Centro de Contacto Telefónico
Número telefónico: (999) 930 30 00 / 800 999 9000
WhatsApp: 999 275 87 97 / 999 900 36 93
De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
aafy@​yucatan.gob.mx
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En qué consiste
Certificación de Pago Vehicular
Permanente
Permanente
  • Placas Vehiculares
    Descripción
    Proporcionar cualquiera de los siguientes datos:
    Número de placa o serie del vehículo.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    Presencial
  • Identificación Oficial de la Persona Física
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
    • Licencia de Conducir
    Descripción
    Del solicitante
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 copia simple
Fijo
$ 65.00
Por certificación
  • Efectivo
  • Tarjeta de crédito
  • Tarjeta de débito
No
El presente documento no establece obligaciones, ni crea derechos distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes.
¿Cómo lo realizo en línea?
  1. Dar clic en el botón "Iniciar"
  2. Adjuntar la documentación solicitada
  3. Dar clic en iniciar trámite o enviar correo electrónico (servicios.aafy@yucatan.gob.mx)
  4. Corregir las observaciones realizadas por la dependencia o entidad
  5. Realizar el pago por el importe correspondiente
  6. Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
10 minutos.
Si, en caso de no cumplir con los requisitos antes establecidos
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
Negativa ficta
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