Constancia de Información de Bienes Inmuebles (En línea)
Homoclave:
INSEJUPY-1284
Última actualización:
31 de enero de 2024
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite obtener una Constancia Digital con la información del bien inmueble proporcionando el nombre del propietario.
Trámite de: Dirección del Catastro del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 25 Extensiones: 53272, 53267, 53274, 53289, 53286, 53299
catastro@​insejupy.gob.mx
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En qué consiste
Constancia Digital
Permanente
Permanente
  • Formato
    Entrega uno de los siguientes documentos
    Descripción
    Debidamente llenado
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Identificación Oficial de la Persona Física
    Descripción
    Que suscribe la presente solicitud, a cuyo favor se pretende se expida la constancia.
    Otros Criterios a considerar para cuando aplique lo siguiente:
    - Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), además se anexará en digital: Carta Poder o Poder Notariado.
    - Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), además se anexará en digital: Acta Constitutiva o Poder Notariado.
    - Para el caso de Copropiedad, además se anexará en digital: Carta firmada por todos los Copropietarios donde autorizan realizar el trámite.
    - Para el caso de Propietarios Fallecidos, todo Interesado Legal/Jurídico, además se anexará en digital: Documento emitido por la Autoridad Judicial que acredite la personalidad del Causahabiente o de quien represente a la Sucesión o Transmisión y Acta de Defunción.
    - Para el caso de existir sobrenombre o alias en los asientos catastrales o registrales, éste se deberá notificar.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 original
  • Acta Constitutiva
    Descripción
    - Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado
    Personas que lo requieren
    Personas morales
    Presentación
    1 original
  • Poder Notarial
    Descripción
    - Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
    - Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado.
    Personas que lo requieren
    Personas morales
    Presentación
    1 original
  • Carta Poder Simple
    Descripción
    - Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Escrito
    Descripción
    - Para el caso de Propietarios Fallecidos, todo Interesado Legal/Jurídico, anexará: Documento emitido por la Autoridad Judicial que acredite la personalidad del Causahabiente o de quien represente a la Sucesión o Transmisión y Acta de Defunción.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Identificación Oficial del Apoderado
    Entrega uno de los siguientes documentos
    • Cédula Profesional
    • Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
    • Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
    • Licencia de Conducir
    • Pasaporte
    Descripción
    Toda persona en carácter de TRAMITADOR, en representación del Propietario o Representante Legal de la Persona Moral, deberá anexar: Identificación Oficial vigente
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Recibo Oficial de Pago
    Descripción
    Comprobantes de los Recibos Oficiales de Pago de acuerdo a los Costos correspondientes.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas y morales
    Presentación
    1 original
  • Carta de Identidad
    Descripción
    -Para el caso de personas que se identifiquen con "ALIAS" o "CONOCIDO POR OTRO NOMBRE COMO" distinto al propio, deberán adjuntar CARTA DE IDENTIDAD o DOCUMENTO OFICIAL emitidos por Autoridad Judicial, Administrativa o Notarial, que describa o justifique la identificación del nombre.
    Personas que lo requieren
    Personas físicas
    Presentación
    1 original
Variable
Constancia es por número de predios a consultar o por número de predios registrados a nombre del propietario: de 0 a 5 predios $214.00; de 6 a 10 predios $436.00; de 11 a 20 predios $638.00; de 21 predios en adelante $41.00 por cada predio excedente $26.00, y cuando aplique, otros derechos relacionados a trámites complementarios que están sujetos a la revisión de requisitos en ventanilla.
  • Efectivo
  • Tarjeta de crédito
  • Tarjeta de débito
  • Cheque simple: 012914002009271475
  • Cheque certificado: 012914002009271475
  • SPEI Referenciado (Transferencia Bancaria): 012914002009271475
La Solicitud debe pagarse en un término de 5 días
Cada hoja de presupuesto tiene vencimiento por lo que debe pagarse durante ese período ya que vencido requerirá otro formato.
No
Todos los requisitos deben presentarse en Documento Electrónico a color: "un archivo PDF exclusivo para Planos" y "otro archivo PDF exclusivo para los demás documentos"; ambos archivos deberán adjuntarse en la Plataforma del Sistema de Servicios Catastrales en Línea al momento de realizar su solicitud.
Los DOCUMENTOS ORIGINALES, para cumplimiento de todos los requisitos, DEBEN SER ESCANEADOS A COLOR, y presentados en forma legible que permita su lectura en medios electrónicos e impresos, y sin enmendaduras o alteraciones que impida tener certeza jurídica de su validez.
*La persona autorizada como tramitador en la presente solicitud, deberá ser quien realice la solicitud en la Plataforma de Servicios Catastrales en Línea.
La Solicitud será DESECHADA, si durante la recepción el USUARIO SOLICITANTE NO ACREDITA LA PROPIEDAD O INTERÉS JURÍDICO, en referencia al propietario vigente registrado en el Padrón Catastral o Padrón Registral.
El pago de Derecho aplicable a la Solicitud es por expedición de CONSTANCIA por número de predios a consultar o por número de predios registrados a nombre del propietario, conforme a lo descrito en la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán del año en curso, y cuando aplique, otros derechos relacionados a trámites complementarios que están sujetos a la revisión de requisitos.
DAR SEGUIMIENTO A LA SOLICITUD en la página WEB: http://www.insejupy.gob.mx/, o desde la PLATAFORMA DE " SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA"
Toda Constancia emitida por un determinado número de predios, describirá al calce el total de predios que refleja la investigación en el padrón catastral y registral.
Toda SOLICITUD SUSPENDIDA por causa imputable al Usuario SERÁ NOTIFICADA debidamente fundada y motivada, y por única ocasión, a través de la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" y a través del CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL del Usuario registrado ante el INSEJUPY.
La Dirección de Catastro podrá verificar los datos asentados en las manifestaciones de que se trate y cuando no coincidan dichos datos con las características reales del inmueble, se realizarán los trabajos catastrales adicionales, siendo el propietario responsable del pago de derechos que cause el servicio.
La ENTREGA DEL PRODUCTO RESULTANTE de la Solicitud será notificado a los 20 días hábiles, al CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL manifestado por el Usuario, y podrá ser descargado en formato electrónico desde la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" en la página Web http://www.insejupy.gob.mx:8040/SGC/Servicios
¿Cómo lo realizo en línea?
  1. Dar clic en el botón "Iniciar"
  2. Seleccionar la operación a realizar
  3. Capturar la Información del predio
  4. Seleccionar el Ícono
  5. Adjuntar la documentación solicitada
  6. Esperar y recibir el presupuesto generado por el área
  7. Revisar los conceptos a pagar
  8. Realizar el pago por el importe correspondiente
  9. Consultar y dar seguimiento a la solicitud
10 días hábiles
Si, en caso de que la solicitud no presente los requisitos.
Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
El tiempo para atender la solicitud entra en vigor a partir de la fecha programada para realizar la diligencia confirmada con el Usuario.
Si durante la Recepción, en la consulta del expediente por parte del Catastro, el Usuario solicitante no acredita la propiedad o interés jurídico en referencia al propietario vigente registrado en el padrón Catastral o Padrón Registral, la Solicitud se DESECHARÁ.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
Negativa ficta
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