Inscripción de acta extranjera
Inscripción de actas extranjeras
Homoclave:
CJ000-1189
Última actualización:
29 de enero de 2024
Trámite para:
Personas físicas
Realizar la gestión total del trámite de forma física en las ventanillas de atención establecidas.
Descripción
Permite realizar la inscripción del acta del hijo de mexicanos nacido en el extranjero para efectos de obtener la nacionalidad mexicana.
Trámite de: Dirección del Registro Civil
Contacto
Ing. Brian Felipe Zapata Arceo
Jefe del departamento de Atención al usuario
999 930 31 50
registrocivil@yucatan.gob.mx
Jefe del departamento de Atención al usuario
999 930 31 50
registrocivil@yucatan.gob.mx
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Certificación del trámite.
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
Permanente
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- 39, 59,68,69 y 70
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Acta de Nacimiento Legalizada
- Descripción
- (Dependiendo del país de que se trate)
*Inscripción de acta de nacimiento extranjera - Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Acta de Nacimiento Apostillada
- Descripción
- (Dependiendo del país de que se trate)
*Inscripción de acta de nacimiento extranjera - Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Acta de Nacimiento Traducida
- Descripción
- (Dependiendo del país de que se trate)
*Inscripción de acta de nacimiento extranjera - Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Acta de Nacimiento
- Descripción
- Padre o madre mexicano
*Inscripción de acta de nacimiento extranjera - Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Oficio
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Oficio de Solicitud
- Descripción
- Debidamente llenada y firmada por el interesado.
a) Si es menor de edad: el padre, madre o quien ejerza la patria potestad y/o parientes en línea recta hasta tercer grado.
b) si es mayor de edad; el interesado.
*Inscripción de acta de nacimiento extranjera - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Vigente
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 copia simple
-
Acta de Matrimonio
- Descripción
- Legalizada o apostillada con su respectiva traducción al español (dependiendo del país de que se trate).
*inscripción de acta de matrimonio - Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Diligencias Jurisdicción Voluntaria
- Descripción
- *Para el caso de ambos contrayentes extranjeros
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 copia certificada
-
Acta de Divorcio
- Descripción
- Debidamente legalizada o apostillada con su respectiva traducción al español (dependiendo del país de que se trate).
*Inscripción de acta de divorcio extranjera - Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Acta de Defunción
- Descripción
- Debidamente legalizada o apostillada con su respectiva traducción al español (dependiendo del país de que se trate).
*Inscripción de acta de defunción extranjera - Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Acta de Nacimiento del Fallecido
- Descripción
- *Inscripción de acta de defunción extranjera
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original, 1 copia simple
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- Pago del derecho correspondiente
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Cuál es el costo?
Fijo
$505.00 el pago del derecho incluye un certificado. ¿Cuáles son las formas de pago?
- Efectivo
- Tarjeta de crédito
- Tarjeta de débito
¿Dónde puedo pagar?
- Cajas de Cobro de la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la Ventanilla Única Estatal y USE
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY en ubicadas en los municipios del Interior del estado
- Comercios y Establecimientos autorizados por AAFY
- Kiosco Estatal de Pago ubicados en las Ventanillas Únicas Estatales
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
IMPORTANTE: Los requisitos anteriores aplica para países miembros del Convenio de la Haya. Para países No incluidos en este Convenio; es necesario presentar además de los requisitos anteriormente descritos, una legalización del acta correspondiente expedida por el Consulado Mexicano en dicho país.
PAÍSES MIEMBROS DEL CONVENIO DE LA HAYA
Los países que a continuación aparecen, aceptan a la apostilla como método de legalización internacional de documentos.
Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiján, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bielorrusia, Bosnia y Herzegovina, Botswana, Brunei, Bulgaria, China (Hong Kong), China (Macau), Chipre, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Dinamarca, Dominica, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Granada, Grecia, Holanda, Honduras, Hungría, India, Irlanda, Islandia, Islas Cook, Islas Marshall, Israel, Italia, Japón , Kazajstán, Latvia, Lesoto, Liberia, Lichtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malawi, Malta, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Namibia, Noruega, Nueva Zelanda, Niue, Panamá, Polonia, Portugal, Reino Unido (U.K.), República Checa, Rumanía, Rusia, Samoa, San Kitts, San Marino, San Vicente, Santa Lucía, Serbia y Montenegro, Seychelles, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Surinam, Swazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Venezuela.
PAÍSES MIEMBROS DEL CONVENIO DE LA HAYA
Los países que a continuación aparecen, aceptan a la apostilla como método de legalización internacional de documentos.
Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Azerbaiján, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bielorrusia, Bosnia y Herzegovina, Botswana, Brunei, Bulgaria, China (Hong Kong), China (Macau), Chipre, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Dinamarca, Dominica, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Fiji, Finlandia, Francia, Georgia, Granada, Grecia, Holanda, Honduras, Hungría, India, Irlanda, Islandia, Islas Cook, Islas Marshall, Israel, Italia, Japón , Kazajstán, Latvia, Lesoto, Liberia, Lichtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malawi, Malta, Mauricio, México, Moldova, Mónaco, Namibia, Noruega, Nueva Zelanda, Niue, Panamá, Polonia, Portugal, Reino Unido (U.K.), República Checa, Rumanía, Rusia, Samoa, San Kitts, San Marino, San Vicente, Santa Lucía, Serbia y Montenegro, Seychelles, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Surinam, Swazilandia, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, Venezuela.
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en módulos de servicio?
- Acudir a la oficina de atención establecida
- Solicitar el tipo de trámite o servicio requerido
- Entregar la documentación requerida
- Ingresar la solicitud
- Consultar y dar seguimiento a la solicitud
- Realizar el pago por el importe correspondiente
- Entregar el recibo oficial de pago
- Esperar la validación u observaciones de la solicitud
- Recibir el resolutivo (documento o respuesta final resultado del trámite o servicio)
¿A dónde puedo acudir para realizarlo?
-
Oficialía 01 MéridaMunicipio: MéridaHorario: De Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hrs.Teléfono: (999) 930 31 50
-
Oficialía 02 MéridaMunicipio: MéridaHorario: De Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hrs.Teléfono: (999) 927 42 09
-
Oficialia 07 MéridaMunicipio: MéridaHorario: De Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hrs.Teléfono: (999) 988 48 59
-
Oficialía 15 MéridaMunicipio: MéridaHorario: De Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 hrs.Teléfono: (999) 928 33 95
-
Oficialía 16 MéridaMunicipio: MéridaHorario: De Lunes a Viernes de 8:00 a 14:00 hrs.Teléfono: (999) 930 33 20
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
5 días hábiles para la entrega del documento, o en su caso según la agenda de la carga de trabajo del Oficial.
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Si, en caso de no cumplir con los requisitos establecidos.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Al trámite o servicio aplica la afirmativa ficta o negativa ficta?
Negativa ficta