¿Cuál es la dependencia o entidad responsable del trámite o servicio?
¿Cuál es la dirección responsable del trámite o servicio?
¿Qué es?
Consiste en otorgar el desistimiento por daños a las vías terrestres de jurisdicción Estatal.
¿Quién debe realizarlo?
Personas físicas
Personas morales
¿Cuándo debo realizarlo?
Todo el año
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
PERSONAS MORALES
- Carta acreditación, Carta poder o Poder notarial de la persona encargada de realizar las diligencias del trámite.
- Copia simple de la Identificación Federal de Elector o Identificación Nacional de Elector
- Copia simple de la Póliza de Seguros del vehículo.
- Copia simple de la Tarjeta de Circulación del vehículo.
- Copia simple de la hoja de peritaje de la SSP.
- Comprobante del pago según avalúo de los daños a las vías terrestres.
PERSONAS FÍSICAS
- Copia simple de la Identificación Federal de Elector o Identificación Nacional de Elector
- Copia simple de la Tarjeta de Circulación del vehículo.
- Copia simple de la hoja de peritaje de la SSP.
- Comprobante del pago según avalúo de los daños a las vías terrestres.
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
- Acude al Departamento de Liberación de Derecho de Vía de la Dirección Jurídica del Instituto, personal del Departamento realizará la comparecencia y entregue las copias de la documentación requisitado.
- Posterior acude al Departamento de Conservación de la Dirección de Construcción del Instituto y entregue el oficio de comparecencia junto con la copia de la documentación revisados.
- Traslade al evaluador (Servidor Público del Instituto) al sitio del hecho de tránsito, para que realice la inspección física en el sitio y determine los daños.
- Recibe del evaluador la ficha de pago por daños según el catálogo de precios por daños a vialidades estatales.
- Realice el pago de los daños en el Departamento de Caja del Instituto.
- Entregue recibo del comprobante de pago en el Departamento de Liberación de Derecho de Vía de la Dirección Jurídica del Instituto.
- Recibe Oficio de Liberación de Daños.
¿Cuáles son las opciones para realizarlo?
Módulos de servicio
-
Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán
Horario: Lunes a Jueves de 08:00 a 15:00 horas
Teléfono: 946-12-00; 946-19-36; 946-11-98
¿Cuánto tiempo toma realizarlo?
Variable
¿Cuál es el costo?
Variable
¿Cuáles son las opciones para pagar?
Depósito en efectivo, cheque o transferencia directo en BBVA Bancomer a nombre del Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, No. Cta. 0112608324, No. Cta. Clabe 012910001126083240 ó directamente en caja del INCAY.
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
Cuando no se cumplan los ordenamientos legales y técnicos aplicables.
¿Dónde puedo obtener mayor información?
incay@yucatan.gob.mx
alejandra.gonzalez@yucatan.gob.mx
Tel.(999) 946-12-00 ext. 129
¿Existen observaciones adicionales?
El pago y el tiempo de respuesta se establecen en base a la evaluación física de la dimensión de los daños y a los procedimientos técnicos y presupuestales establecidos en manuales, reglamentos y demás ordenamientos legales y técnicos establecidos por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para reparación de daños a carreteras, caminos, desvíos y Periféricos de jurisdicción Estatal.
¿Cuál es la normatividad de este trámite o servicio?
Ley de Vías Terrestres del Estado de Yucatán, Artículo 2, Artículo 4 Fricción V, Artículo 5, Artículo 7 Fracciones I, VII Y VIII, Artículo 84, Artículo 85, Y Artículo 86.
Decreto 239, Instituto de Infraestructura Carretera de Yucatán, Artículo 4 Fracciones II, XII, XIV Y XVII, Artículo 5 Fricción VI, Artículo 9 Fracciones III y V, Artículo 17 Fracciones V y XVI.
Y los demás previstos por Leyes, Reglamentos, Ordenamientos Legales, Códigos y Disposiciones administrativas vigentes aplicables.
Homoclave:
INCAY-1010
Fecha de última revisión:
27 de agosto de 2019