Cédula de División
Cédula por División de Predio (En línea)
Homoclave:
INSEJUPY-1333
Última actualización:
31 de enero de 2024
Trámite para:
Personas físicas, personas morales
Iniciar y terminar de forma digital, es decir, puede enviarse la resolución a través de un medio electrónico.
Descripción
Permite obtener una Cédula Digital por cada uno de los predios que resultan de la división de un inmueble y siempre que la división hubiere sido autorizada por la Dirección de Catastro, otorgada o formalizada por Fedatario Público e inscrita en la Dirección de Registro Público de la Propiedad.
Trámite de: Dirección del Catastro del INSEJUPY
Contacto
999 930 30 25 Extensiones: 53272, 53267, 53274, 53289, 53286, 53299
catastro@insejupy.gob.mx
catastro@insejupy.gob.mx
En qué consiste
¿Qué resolutivo obtendré al realizar el trámite o servicio?
Cédula Digital
¿Cuándo debo realizarlo?
Permanente
¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtendré?
Permanente
¿Cuál es regulación que le aplica al trámite o servicio?
-
- Artículos relacionados
- Artículos 129, 147, 165, 235, 236
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
-
- Artículos relacionados
- Artículo 68 Fracción III inciso c)
- Artículo 68 fracción III inciso a)
- Conceptos regulados
- Costo
-
- Artículos relacionados
- Artículo 29
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Presentación de solicitud
- Información o documentación para la inspección
-
- Artículos relacionados
- Artículos 126, 127 fracción IV, 129, 133, 208 y 212
- Conceptos regulados
- Trámite o servicio en general
- Requisitos
- Presentación de solicitud
Qué necesito
¿Cuáles son los requisitos para realizarlo?
-
Identificación Oficial de la Persona Física
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Identificación Oficial vigente del Propietario, Copropietarios o Representante legal que contenga datos de CURP.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas
- Presentación
- 1 original
-
Identificación Oficial del Apoderado
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Cédula Profesional
- Credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)
- Credencial para Votar del Instituto Nacional Electoral (INE), antes Instituto Federal Electoral (IFE)
- Licencia de Conducir
- Pasaporte
- Descripción
- Toda persona en carácter de TRAMITADOR, en representación del Propietario o Representante Legal de la Persona Moral, deberá anexar: Identificación Oficial vigente
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Formato
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Descripción
- Formato llenado correctamente.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Acta Constitutiva
- Descripción
- - Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), se anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado.
- Personas que lo requieren
- Personas morales
- Presentación
- 1 original
-
Carta Poder Notariada
- Descripción
- - Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
- Para el caso de Representante Legal de la Persona Moral (Propietario), anexará: Acta Constitutiva o Poder Notariado. - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Carta Poder Simple
- Descripción
- - Para el caso de Representante Legal de la Persona Física (Propietario), anexará: Carta Poder o Poder Notariado.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Carta de Autorización
- Descripción
- Firmada por todos los Copropietarios, para el caso de Copropiedad.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Oficio
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Oficio de Proyecto de División del Predio
- Descripción
- Emitido por la Dirección de Catastro con Folio y Fecha
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Manifiesto emitido por Fedatario Público (F2) o Autoridad Judicial
- Entrega uno de los siguientes documentos
- Boleta de Inscripción vigente
- Inscripción Vigente Certificada (emitida por la Dirección del Registro Público de la Propiedad)
- Manifiesto emitido por Fedatario Público (F2) o Autoridad Judicial
- Título de Propiedad (Registradado antes de marzo de 2007)
- Descripción
- A falta de este requisito, se deberá presentar:
a) F2 con firma de otro Fedatario, haciendo mención en la misma F2 el nombre del Fedatario ante quien se llevó a cabo la División del predio, o en su caso,
b) "FORMATO MODELO F2" de Manifestación Catastral sin firma, acompañado de cualquiera de los siguientes documentos:
i. Copia Simple de la Escritura Pública, donde aparecen los datos registrales (de inscripciones registradas antes de marzo de 2007),
ii. Copia Simple de la Boleta de Inscripción de la Escritura Pública (emitidas por el Registro Público de la Propiedad), o
iii. Copia Certificada de la Inscripción Vigente respectiva del pase registral a manifestar (emitida por el Registro Público de la Propiedad), - Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
-
Recibo Oficial de Pago
- Descripción
- Comprobante del derecho de pago.
- Personas que lo requieren
- Personas físicas y morales
- Presentación
- 1 original
¿Cuál es el costo?
Variable
Expedición de Cédula $456.00 ¿Cuáles son las formas de pago?
- Efectivo
- Tarjeta de crédito
- Tarjeta de débito
- Cheque simple: 012914002009271475
- Cheque certificado: 012914002009271475
- SPEI Referenciado (Transferencia Bancaria): 012914002009271475
¿Dónde puedo pagar?
- Cajas de Cobro de la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la dependencia o entidad
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY ubicadas en la Ventanilla Única Estatal y USE
- Oficinas Recaudadoras de la AAFY en ubicadas en los municipios del Interior del estado
- Comercios y Establecimientos autorizados por AAFY
- Kiosco Estatal de Pago ubicados en las Ventanillas Únicas Estatales
- Ventanillas Bancarias y Cajeros Receptores autorizados
- Pago en línea
¿En qué momento debo realizar el pago?
4. La Solicitud debe pagarse en un término de 5 días hábiles, de lo contrario se DESECHARÁ, y las copias anexadas se destruirán a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
¿Requiere inspección o verificación este trámite o servicio?
No
¿Qué formatos o escritos libres debo presentar?
-
Formato
-
Formato
¿Qué debo considerar al realizar el trámite o servicio?
Todos los requisitos deben presentarse en Documento Electrónico a color: "un archivo PDF exclusivo para Planos" y "otro archivo PDF exclusivo para los demás documentos"; ambos archivos deberán adjuntarse en la Plataforma del Sistema de Servicios Catastrales en Línea al momento de realizar su solicitud.
Los DOCUMENTOS ORIGINALES, para cumplimiento de todos los requisitos, DEBEN SER ESCANEADOS A COLOR, y presentados en forma legible que permita su lectura en medios electrónicos e impresos, y sin enmendaduras o alteraciones que impida tener certeza jurídica de su validez.
*La persona autorizada como tramitador en la presente solicitud, deberá ser quien realice la solicitud en la Plataforma de Servicios Catastrales en Línea.
El pago de Derecho aplicable a la Solicitud es por expedición de CÉDULA por cada fracción resultante del Proyecto de División, conforme a lo descrito en la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán del año en curso, y cuando aplique, otros derechos relacionados a trámites complementarios.
Cuando se determinen trámites complementarios que apliquen o resulten del análisis técnico de los requisitos, el tiempo para atender la Solicitud se verá incrementado en función de los tiempos de atención de los trámites complementarios.
Toda SOLICITUD SUSPENDIDA por causa imputable al Usuario SERÁ NOTIFICADA debidamente fundada y motivada, y por única ocasión, a través de la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA y a través del CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL del Usuario registrado ante el INSEJUPY.
Todo Solicitud podrá ser CANCELADA por requerimiento del Propietario o Representante Legal que suscribe la presente Solicitud, mediante escrito dirigido a la Dirección del Catastro.
La ENTREGA DEL PRODUCTO RESULTANTE de la Solicitud será notificado a los 20 días hábiles, al CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL manifestado por el Usuario, y podrá ser descargado en formato electrónico desde la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" en la página Web http://www.insejupy.gob.mx:8040/SGC/Servicios
Los DOCUMENTOS ORIGINALES, para cumplimiento de todos los requisitos, DEBEN SER ESCANEADOS A COLOR, y presentados en forma legible que permita su lectura en medios electrónicos e impresos, y sin enmendaduras o alteraciones que impida tener certeza jurídica de su validez.
*La persona autorizada como tramitador en la presente solicitud, deberá ser quien realice la solicitud en la Plataforma de Servicios Catastrales en Línea.
El pago de Derecho aplicable a la Solicitud es por expedición de CÉDULA por cada fracción resultante del Proyecto de División, conforme a lo descrito en la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán del año en curso, y cuando aplique, otros derechos relacionados a trámites complementarios.
Cuando se determinen trámites complementarios que apliquen o resulten del análisis técnico de los requisitos, el tiempo para atender la Solicitud se verá incrementado en función de los tiempos de atención de los trámites complementarios.
Toda SOLICITUD SUSPENDIDA por causa imputable al Usuario SERÁ NOTIFICADA debidamente fundada y motivada, y por única ocasión, a través de la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA y a través del CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL del Usuario registrado ante el INSEJUPY.
Todo Solicitud podrá ser CANCELADA por requerimiento del Propietario o Representante Legal que suscribe la presente Solicitud, mediante escrito dirigido a la Dirección del Catastro.
La ENTREGA DEL PRODUCTO RESULTANTE de la Solicitud será notificado a los 20 días hábiles, al CORREO ELECTRÓNICO PERSONAL manifestado por el Usuario, y podrá ser descargado en formato electrónico desde la PLATAFORMA DE "SERVICIOS CATASTRALES EN LÍNEA" en la página Web http://www.insejupy.gob.mx:8040/SGC/Servicios
Cómo y dónde lo realizo
¿Cuáles son los pasos para realizarlo?
¿Cómo lo realizo en línea?
- Dar clic en el botón "Iniciar"
- Seleccionar la operación a realizar
- Capturar la Información del predio
- Seleccionar el Ícono
- Adjuntar la documentación solicitada
- Revisar los conceptos a pagar
- Realizar el pago por el importe correspondiente
- Consultar y dar seguimiento a la solicitud
¿Cuál es el tiempo máximo para obtener respuesta?
20 días hábiles
¿Pueden rechazar mi trámite o servicio?
- Si, en caso de que la solicitud no presente los requisitos completos.
- Se expedirá una cédula por cada uno de los predios que resultan de la división de un inmueble, siempre que la división hubiere sido autorizada por la Dirección de Catastro, otorgada o formalizada por Fedatario Público e inscrita en la Dirección de Registro Público de la Propiedad.
- Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
- Se expedirá una cédula por cada uno de los predios que resultan de la división de un inmueble, siempre que la división hubiere sido autorizada por la Dirección de Catastro, otorgada o formalizada por Fedatario Público e inscrita en la Dirección de Registro Público de la Propiedad.
- Toda Solicitud debe ser pagada en un término de 5 días hábiles, en caso contrario será DESECHADA, y por seguridad del Usuario, todas las copias del expediente proporcionadas serán destruidas a los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la Solicitud.
Si no recibió una respuesta por parte de la autoridad estatal, o se encuentra inconforme con la que recibió, consulte la información sobre los medios de impugnación y la negativa ficta.
¿Al trámite o servicio aplica la afirmativa ficta o negativa ficta?
Negativa ficta