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Gobierno del Estado de Yucatán
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Autorización y funcionamiento de fuente fija de emisiones contaminantes
Dependencia o Entidad:Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente
Área responsable:Dirección de Restauración y Saneamiento Ambiental.
Departamento:Departamento de Control Ambiental
Correo electrónico:francisco.vivas@yucatan.gob.mx
No. de Registro:SEDUM_006_03
Fecha de última modificación:Martes, 19 de Junio de 2007

Descripción

Autorizar el funcionamiento o condicionar la actividad a realizar, así como las medidas de mitigación y mantener actualizado el inventario de fuentes fijas

Procedimiento

1.- Entregue la solicitud al despacho del C. Secretario.
2.- Llene y entregue el formato COA.
3.- Espere la resolución.

Requisitos

1.- Resultado de los análisis de emisiones a la atmósfera practicados a la Fuente Fija.

Costo

Sin costo

Tiempo de respuesta

20 días hábiles

Período

No aplica

Vigencia o vencimiento

1 año

Fundamento legal

Artículo 9 fracciones XIV y XV del Reglamento Interno de la Secretaría de Ecología.
Artículos 70, 71, 72 y 73 fracciones I, II, IX, X 76 y 77 de la Ley de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán.
Artículo 96 y 98 del Reglamento de la Ley de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán.

Criterio para la resolución

La caidad del aire ambiente debe ser satisfactoria en el Estado de Yucatán, por lo cual las emisiones de gases por fuente fija deben ser reducidas, controladas y verificadas y así garantizar un ambiente limpio y saludable para los habitantes.

Observaciones

Deberá presentar en los primeros cuatro meses del año

Módulos de servicio

  • Calle 64 No. 437 x 53 y 47-A Centro
    Lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hrs.
    930-33-85 Ext. 44030

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