
| Dependencia o Entidad: | Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente |
| Área responsable: | Dirección de Restauración y Saneamiento Ambiental. |
| Departamento: | Departamento de Prevención Ambiental |
| Correo electrónico: | carlos.medina@yucatan.gob.mx |
| No. de Registro: | SEDUM_009_02 |
| Fecha de última modificación: | Miércoles, 09 de Septiembre de 2009 |
Descripción
Análisis del documento que contiene las acciones proyectadas de una obra o actividad, los riesgos que representan al equilibrio ecológico o al ambiente, las medidas técnicas preventivas, correctivas o de seguridad para controlar los efectos adversos al equilibrio ecológico.
El estudio de riesgo se presentará a requerimiento de la Secretaría cuando las características de la obra o actividad, su magnitud o considerable impacto en el ambiente o las condiciones del sitio en que se pretende desarrollar, hagan necesaria la presentación de dicho estudio.
Procedimiento
1.- Acuda a la Secretaría, y diríjase al Departamento de Prevención Ambiental para una orientación previa si su proyecto no se encuentra entre los señalados en la Ley de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán y su Reglamento.
2.- Entregue toda la información técnica y legal en la forma establecida al departamento señalado anteriormente.
3.- Proporcione en forma y tiempo la información complementaria, que en su caso se le solicite para continuar con la gestión de su trámite, el tiempo que tarde en entregar la información es el tiempo que se desfasa en el plazo establecido para su resolución.
4.- Realice el pago correspondiente a la publicación de su proyecto, en el Diario Oficial del Gobierno del Estado; esto cuando se lo informe esta Secretaría, si esta acompañada de la Manifestación de Impacto Ambiental.
Requisitos
Requisitos Legales
1.- Escrito de solicitud de la autorización dirigida al Titular de la Secretaría, la cual deberá contener cuando menos:
a)Nombre del solicitante y el carácter con el que comparece
a) Denominación de la sociedad
b) Lugar y naturaleza de la obra
c) Domicilio para oír y recibir notificaciones
2.- Copia de la identificación del compareciente
3.- Título de propiedad o posesión (original o copia certificada).
4.- Acta constitutiva de la sociedad y sus modificaciones si las hubiere (original o copia certificada)
5.- Poder o Mandato (original o copia certificada)
6.- Licencia de Uso de Suelo (original o copia certificada)
7.- Permiso de Explotación (Original o copia certificada)
Aplica solo para la explotación de material pétreo, minerales o sustancias no reservadas a la federación.
Nota: en caso de solicite una persona física, no aplica el punto 1 inciso b) y 4.
Requisitos Técnicos
1.- Original del estudio firmado por el responsable de la ejecución al margen de las hojas y al calce de la última. Tiempo de realización no mayor a 3 meses. (Para la elaboración del estudio, el promovente puede apoyarse consultando la guía correspondiente: (consultar guía)
2.- El programa de capacitación del personal responsable del manejo de los equipos relacionados con la obra o actividad.
3.- La documentación que acredite al responsable técnico de la obra o actividad.
4.- Original del programa de atención a contingencias (Programa para la Prevención de Accidentes P.P.A.)
5.- La relación y descripción de los equipos que forman parte del proceso.
6.- Planos del proyecto (como anexos del estudio). En el caso de los proyectos correspondientes a estaciones de servicio urbanas o estaciones de servicio de autoconsumo los planos deben estar firmados por PEMEX.
Presentar toda la información de los estudios en dos unidades de medio electrónico.
Costo
Sin costo
Tiempo de respuesta
40 días hábiles a partir de la integración del expediente, simultáneos a la Manifestación de Impacto
Período
No aplica
Vigencia o vencimiento
1 año
Fundamento legal
Artículos 22, 23, 24 y 28 de la Ley de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán.
Artículos 10, 11, 13, 17, 22 al, 25, 85 al 88 del Reglamento de la Ley de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán.
Artículos 22 fracción XVI, 24, 27 fracciones I, XI, y 45 fracciones IX, XXIV, XXXII del Código de la Administración Pública de Yucatán.
Artículo 517 fracción XI del Reglamento del Código de la Administración Pública de Yucatán.
Criterio para la resolución
Cumplir con todos los requisitos técnicos y legales
Por lo que se refiere a la parte técnica, el estudio debe contener como mínimo lo indicado en el Artículo 22 del Reglamento de la Ley de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán o en su caso, conforme a lo formulado en el instructivo que para efecto expida esta Secretaría; la información manifestada debe ser actual, veraz, clara y contar con las medidas de prevención y mitigación más adecuadas utilizando las mejores tecnologías para la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico. De igual forma, debe proporcionar la información complementaria al estudio, que en su caso se le haya solicitado en los tiempos señalados.
Con relación a la parte jurídica se establece que presente toda la documentación que se señala en el apartado de requisitos; además de que la información sea las más reciente y que los documentos cumplan con todas las formalidades legales.
La secretaria podrá negar la solicitud si la actividad se contrapone a lo dispuesto en la Ley y Reglamento de Protección al Ambiente del Estado de Yucatán, a los Programas de Ordenamiento Ecológico del Territorio de Yucatán, Normas Oficiales Mexicanas y demás ordenamientos que regulen materias relacionadas con la protección al ambiente y la preservación y restauración del equilibrio ecológico.
Observaciones
El tiempo de respuesta será contados a partir de quedar debidamente integrado el expediente, es decir una vez cumplido con todos los requisitos o con los requerimientos surgidos durante el procedimiento de evaluación del estudio. La Secretaría podrá resolver,
I. Autorizando en los términos solicitados
II. Autorizando de manera condicionada a la modificación del proyecto o al establecimiento de medidas adicionales de prevención y mitigación
III. O negarse la autorización.
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