Dar cumplimiento a lo establecido en artículo quinto transitorio del Decreto 100/2025 por el que se emiten la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Yucatán y la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Yucatán, estipula que los sujetos obligados deberán expedir, dentro de los ciento ochenta días naturales contados a partir de la entrada en vigor del referido decreto, la normativa necesaria para regular sus unidades y comités de transparencia y dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en dicho decreto