Programa de Apoyo a los Productores de Calzado y a los Estudiantes de Escuelas Primarias Públicas "PASOS QUE DEJAN HUELLA" GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
DECRETO NÚMERO 01
CIUDADANA IVONNE ARACELLY ORTEGA PACHECO, GOBERNADOR DEL ESTADO DE YUCATÁN, A SUS HABITANTES HAGO SABER:
QUE EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN LOS ARTÍCULOS 35 FRACCIÓN II, 55 Y 60 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE YUCATÁN, 9, 16 Y 42 FRACCIÓN I DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE YUCATÁN; Y
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que en toda gestión gubernamental, escuchar a la gente y entablar diálogo sostenido con los diversos sectores de la sociedad, constituyen el mecanismo idóneo para encontrar soluciones a los diferentes problemas que aquejan a los grupos sociales y productivos del Estado.
SEGUNDO.- Que una de las demandas planteadas con mayor énfasis por los pequeños y medianos productores de la industria del calzado en Yucatán, es la relacionada con la crisis recurrente que los afecta por la falta de acceso a los mercados para comercializar sus productos.
TERCERO.- Que esa situación que enfrentan incide de manera negativa en el desarrollo de sus empresas, tanto en los aspectos de organización y comercialización, como en los de tecnificación e integración a la cadena productiva y los condiciona con alto grado de vulnerabilidad a las variaciones en el abasto de las materias primas y en su posicionamiento en los mercados de consumo.
CUARTO.- Que la producción del calzado en el Estado generada por artesanos, microtalleres y pequeñas unidades de producción, requiere ser impulsada para mejorar su situación financiera y la calidad de sus productos, a fin de que puedan acceder a mercados tanto locales como más allá de las fronteras del Estado en mejores condiciones de competitividad.
QUINTO.- Que es objetivo de la presente administración estimular el desempeño de las empresas que realizan actividades productivas, para impulsar el empleo y favorecer el desarrollo económico y social de los habitantes de las comunidades en las que se asientan dichas unidades de producción.
SEXTO.- Que el Ejecutivo del Estado reitera su compromiso de apoyar a los productores de calzado, que con su esfuerzo y capacidad contribuyen de manera notable al desarrollo económico de sus comunidades y al desarrollo de esta entidad federativa.
SÉPTIMO.- Que también es propósito de la presente administración gubernamental, apoyar las peticiones de las familias que habitan en comunidades de alta marginación social y económica, estableciendo los mecanismos que brinden protección a la salud y a la integridad física de los niños que cursan la educación primaria.
OCTAVO.- Que en respuesta a diversas solicitudes formuladas por numerosos padres de familia, en coordinación con las autoridades municipales, productores de calzado y habitantes de las comunidades que presentan altos grados de marginación económica, se hace necesaria la creación de un programa que, por una parte estimule el esfuerzo de los productores de calzado, y por la otra, asegure a los niños en edad de cursar la educación primaria, la dotación anual de un par de zapatos que los proteja de riesgos de daño físico durante esa importante etapa de su formación educativa.
Por lo anteriormente fundado y motivado, se emite el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE CREA EL PROGRAMA DE APOYO A LOS PRODUCTORES DE CALZADO Y A LOS ESTUDIANTES DE ESCUELAS PRIMARIAS PÚBLICAS DENOMINADO "PASOS QUE DEJAN HUELLA"
ARTÍCULO PRIMERO.- Se crea el Programa de Apoyo a los Productores de Calzado y a los Estudiantes de Escuelas Primarias Públicas denominado "Pasos que dejan huella", que tiene por objeto impulsar el desarrollo de la industria del calzado en Yucatán, mediante la integración de una plataforma de mercado que contribuya a mejorar los ingresos y las condiciones productivas de los industriales de calzado, así como apoyar la economía de las familias con niños en edad de asistir a la escuela primaria.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La cobertura de este programa comprenderá a los ciento seis municipios del Estado, que serán incorporados de manera gradual, de acuerdo con las reglas de operación del mismo y la disponibilidad presupuestal del Ejecutivo del Estado.
ARTÍCULO TERCERO.- Corresponde al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en Yucatán ser el ejecutor directo de la adquisición y entrega del calzado a la población escolar beneficiada e informar a la Secretaría de Desarrollo Industrial y Comercial acerca de los avances y del ejercicio presupuestal del programa, en los términos señalados en el mismo.
ARTÍCULO CUARTO.- En los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Yucatán, la Secretaría de Desarrollo Industrial y Comercial será la encargada de proyectar y proporcionar los recursos presupuestales correspondientes al programa, evaluar la operación y resultados del mismo, a partir de los indicadores establecidos para ello en las reglas de operación del propio programa, que al efecto se expidan.
ARTÍCULO QUINTO.- La Secretaría de Educación del Estado deberá integrar las listas de los beneficiarios con base en la matrícula escolar de cada una de las escuelas participantes en el Programa "Pasos que dejan huella"y entregarlas a la Secretaría de Desarrollo Industrial y Comercial para los efectos correspondientes.
ARTÍCULO SEXTO.- Los gobiernos municipales que determinen participar en elPrograma "Pasos que dejan huella", previamente deberán suscribir un documento mediante el cual se comprometen a realizar las acciones necesarias para coadyuvar en el desarrollo del Programa.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- La Secretaría de la Contraloría General del Estado será la dependencia encargada de realizar las funciones de auditoría, control y seguimiento del programa "Pasos que dejan huella", conforme a las facultades y procedimientos establecidos en la legislación aplicable.
ARTÍCULO OCTAVO.- Para el efecto de desarrollar el Programa de Apoyo a los Productores de Calzado y a los Estudiantes de Escuelas Primarias Públicas "Pasos que dejan huella" el titular del Ejecutivo del Estado suscribirá los convenios necesarios con los productores y proveedores de calzado, por sí o por conducto del Secretario de Desarrollo Industrial y Comercial. Tales convenios, junto con las reglas de operación, tendrán efectos vinculatorios entre todas las partes involucradas.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán.
SEGUNDO. Publíquese en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán el Programa de Apoyo a los Productores de Calzado y a los Estudiantes de Escuelas Primarias Públicas denominado "Pasos que dejan huella", a que se refiere este Decreto, para los efectos legales a que haya lugar.
Y POR TANTO, MANDO SE IMPRIMA, PUBLIQUE Y CIRCULE PARA SU CONOCIMIENTO Y DEBIDO CUMPLIMIENTO.
DADO EN LA SEDE DEL PODER EJECUTIVO EN LA CIUDAD DE MÉRIDA, YUCATÁN, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A UNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SIETE.
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