|
Sitio Web: http://www.educacion.yucatan.gob.mx
Dirección: Calle
34 #101-A por 25, Col. García Ginerés, C.P.
97070, Mérida, Yucatán.
Teléfono: (999) 930
3950 Ext. 51030
Fax: (999) 930 3950 Ext. 51175, 51176
Fundamento legal: Decreto
No. 21 publicado en el Diario Oficial Num. 30961 con fecha
del 16 de octubre de 2007 donde se establece el Código
de la Administración Pública de Yucatán,
Título IV, Capítulo VII.
Artículo 36. A la Secretaría
de Educación le corresponde el despacho de los siguientes
asuntos:
- Coordinar las políticas públicas y actividades
de la Administración Pública relativas al
fomento y servicios de educación, cultura, recreación,
deporte y el desarrollo científico y tecnológico;
- Proponer al Gobernador del Estado las políticas
y programas generales relativos a la educación
pública, la difusión de la cultura, el desarrollo
científico y tecnológico, la conservación
e incremento del patrimonio artístico y la promoción
del deporte y la vinculación entre el sector educativo
y los diversos sectores productivos de la economía
estatal;
- Procurar el cumplimiento de la Ley de Educación
Pública del Estado y en lo que le competa, la Ley
General de Educación, así como las relativas
en materia de cultura, deporte y demás disposiciones
legales aplicables;
- Fomentar y orientar la educación que se imparte
en las escuelas estatales en sus diversos grados, vigilando
el funcionamiento de los establecimientos respectivos
y el desarrollo de los planes pedagógicos, fundados
en los valores de la ciencia, de la historia nacional
y del Estado y en los principios rectores de la educación
cívica;
- Coordinar con las universidades e institutos de educación
superior, lo referente a la prestación del servicio
social, la orientación vocacional y otros aspectos
educativos que se acuerden con dichas instituciones, con
respeto a las políticas educativas de las mismas;
- Someter a la consideración del Gobernador del
Estado, la documentación de los maestros y empleados
de su dependencia para la expedición de los nombramientos
o bajas respectivas;
- Preservar el patrimonio cultural del Estado, en sus
diversas manifestaciones;
- Autorizar los exámenes de grado y la expedición
de los títulos de Licenciados en Educación
Primaria y de educadores normalistas de Educación
Preescolar;
- Otorgar becas en términos de la reglamentación
correspondiente;
- Vigilar el funcionamiento de la Comisión Estatal
de Escalafón, de conformidad con las disposiciones
legales aplicables;
- Llevar el registro de profesiones, colegios, asociaciones
profesionales, títulos y certificados, conforme
a la reglamentación correspondiente;
- Promover la realización de congresos, asambleas,
reuniones, competencias y concursos de carácter
educativo, cultural y artístico;
- Fomentar las relaciones en materia educativa con otras
entidades de la República;
- Instituir, por acuerdo del Ejecutivo las escuelas oficiales;
- Dirigir a través de los directores de cada ramo:
la educación preescolar, la enseñanza audiovisual
y la orientación vocacional;
- Organizar, administrar y enriquecer sistemáticamente
las bibliotecas, hemerotecas, pinacotecas y filmotecas
del Estado;
- Diseñar y formular los programas relativos a
la educación y la recreación con base en
la normatividad;
- Organizar y desarrollar la educación artística
que se imparta en las escuelas e instituciones oficiales
e incorporadas para la enseñanza y difusión
de las bellas artes y de las artes populares;
- Impartir la educación física de conformidad
con los métodos modernos en los medios escolares
y extraescolares;
- Organizar exposiciones artísticas, ferias, certámenes,
concursos, audiciones, representaciones teatrales y exhibiciones
cinematográficas de interés cultural;
- Fomentar e intervenir en la celebración
actividades artísticas y culturales;
- Ejecutar los convenios que celebre el Ejecutivo del
Estado con la Administración Pública Federal
referentes a la educación, a la realización
de actividades artísticas y culturales;
- Crear y organizar sistemas de enseñanza especial
incorporándolos al sistema educativo;
- Coadyuvar en la planeación, normatividad y programación
de la capacitación y el adiestramiento para el
trabajo mediante los diversos sistemas educativos y por
dependencias y entidades de la Administración Pública;
- Vigilar que en las escuelas incorporadas a esta dependencia
se lleve el historial académico de los alumnos
y autorizar los certificados de los mismos que serán
expedidos por los directores de las instituciones
correspondientes;
- Actualizar los programas de estudio, sus contenidos,
materiales y métodos de enseñanza-aprendizaje,
con elementos enfocados a impulsar las habilidades,
conocimientos y competencias del educando, así
como favorecer su incursión en el sector productivo;
- Promover la alfabetización de adultos y los programas
de enseñanza básica abierta y a distancia
para abatir el rezago educativo;
- Promover la vinculación del Sistema Educativo
Básico, Medio Superior y Superior con el sector
productivo para mejorar la calidad de la educación
y elevar los índices de productividad en el ámbito
laboral;
- Crear mecanismos sistemáticos de evaluación
que permitan conocer los niveles de aprovechamiento de
los alumnos, del desempeño magisterial, y de los
diversos niveles de dirección, supervisión
y demás funciones que se desarrollan en el sistema
educativo estatal;
- Dotar a los planteles del sistema educativo estatal
con plataformas tecnológicas y equipos informáticos
para facilitar el proceso educativo, de acuerdo con la
disponibilidad presupuestal de la Secretaría;
- Fortalecer la educación artística profesional
y la promoción de todas las modalidades de las
bellas artes y de las artes populares; incluyendo la cultura
nacional e internacional, lo anterior por medio de talleres
públicos gratuitos de apreciación y enseñanza,
enfocándose principalmente a la población
con menor acceso a estas manifestaciones educativas;
- Aplicar mecanismos institucionales para promover
la cultura del Estado en el exterior, promoviendo su diversidad
cultural, por los distintos medios tecnológicos
de manera sistematizada a través de los organismos
estatales encargados de la cultura y las artes;
- Impulsar a los creadores de arte y promotores de cultura;
- Fomentar la participación de los grupos sociales,
pueblos y comunidades indígenas, en coordinación
con los distintos niveles de gobierno e instituciones
públicas y privadas, en el estudio y la investigación
sobre la cultura maya;
- Inculcar el hábito de la lectura entre los educandos,
mediante concursos, eventos culturales, conferencias y
otros medios;
- Vigilar que los servicios educativos impartidos por
las instituciones privadas, en los diferentes niveles
y modalidades cumplan con los programas y con la disposiciones
aplicables;
- Formular y ejecutar programas educativos en comunidades
indígenas en coordinación con otras
instancias competentes;
- Promover el establecimiento de escuelas bilingües
que fortalezcan las tradiciones y cultura de las comunidades
indígenas;
- Promover la realización de actos cívicos
en las instituciones públicas y privadas en las
fechas señaladas por el calendario oficial;
- Coadyuvar con las autoridades competentes a la realización
de campañas para prevenir y atacar la farmacodependencia
y el alcoholismo;
- Formular y promover la celebración de convenios
de concertación con los sectores social y privado
para la formulación y ejecución de los programas
educativos, culturales, y recreativos;
- Elaborar el programa anual de construcción de
obra pública destinada a la educación y
la recreación, así como el de mantenimiento
y conservación de estos inmuebles e instalaciones,
en coordinación con la Secretaría de Obras
Públicas, y
- Establecer los mecanismos para que los ciudadanos en
general, padres de familia y maestros participen en la
definición de las políticas educativas
que deban aplicarse en el Estado.
|